Alerta Bolivia
Miércoles, 15 de octubre de 2025.- El Senado sancionó este miércoles la Ley Excepcional de Diferimiento de Créditos y Suspensión de Embargos, una medida destinada a aliviar la situación de más de 1.4 millones de prestatarios en el país. La norma, que fue remitida al Órgano Ejecutivo para su promulgación, establece beneficios concretos para sectores específicos.
¿Quiénes se benefician con esta ley?
Según el texto aprobado, los beneficiarios son:

- Titulares de créditos de vivienda de interés social
- Unidades económicas de tamaño micro y pequeña
- Personas naturales o jurídicas con créditos para vivienda social
¿Qué establece la ley?
La Ley N° 547/2024-2025 contempla:
- Suspensión temporal de embargos y ejecución de sentencias por créditos de vivienda social
- Diferimiento temporal de créditos para vivienda de interés social
- Plazo de vigencia de seis meses una vez promulgada la ley
- Cobertura nacional para todos los prestatarios que cumplan los requisitos
El senador Pedro Benjamín Vargas, de la Comisión de Planificación, destacó que «esta ley beneficiará a aproximadamente 1.400.000 prestatarios. Una vez que sea promulgada por el Presidente del Estado, ya no habrá más esa judicialización de los créditos de vivienda».
Próximos pasos
La senadora Gladis Alarcón confirmó que la ley fue aprobada «en sus dos estaciones, en grande y detalle» y ahora pasa al Ejecutivo para su promulgación. Se espera que entre en vigencia en los próximos días, iniciando así el plazo de seis meses establecido para la aplicación de los beneficios.