Juez determina restitución de fiscal Sandra Gutiérrez

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Gobierno Autónomo Municipal de Tarija

A 17 días de dejar el cargo de Fiscal General del Estado, Juan Lanchipa recibió este domingo un revés en su decisión de destituir a la fiscal departamental de Tarija, Sandra Gutiérrez, porque la justicia ordenó su restitución y retorno a sus funciones. La determinación debe ser cumplida y no hay ningún otro pronunciamiento desde la Fiscalía General.

Gutiérrez fue destituida después de emitir una orden de aprehensión en contra de Evo Morales, por un caso de estupro y trata y tráfico.

Tribunal Electoral Departamental de Tarija

El juez Iván Córdoba Castillo, que atendió el caso de la destitución, señaló que el Fiscal General en suplencia cometió “un acto arbitrario”, por lo que ordenó a Lanchipa restituir a Gutiérrez como fiscal departamental de Tarija.

“En consecuencia, (se) deja sin efecto legal la resolución número FGE/AMNMC/DAL/193/2024, de fecha 2 de octubre del año 2024, concediendo la tutela solicitada única y exclusivamente al coaccionado, el fiscal suplente, al ser él el suscriptor del documento considerado como quebrantador de derechos y garantías constitucionales”, manifestó el juez, quien luego ordenó al Fiscal General “corregir” el accionar que afectó a Gutiérrez.

Palabra de Lanchipa

El jueves, en una conferencia de prensa, Lanchipa habló de una supuesta “conducta negligente” de la exfiscal de Tarija en el cumplimiento de sus funciones.

“Siendo éste y otros aspectos relacionados a su idoneidad profesional, que son parte de conocimiento público, los motivos principales para que el Fiscal General, en suplencia legal, determine su alejamiento inmediato de la institución y no por la emisión de referido mandamiento de aprehensión (en contra de Morales)”, justificó entonces Lanchipa.

Apegado a la ley

El juez se pronunció así: al “señor fiscal general del Estado titular, doctor Juan Lanchipa Ponce, en ejercicio de sus facultades y en el cumplimiento estricto de la ley, corregir este accionar, insisto, apegado a lo que la propia ley establece, la Ley Orgánica del Ministerio Público”.

“La presente decisión, como es deber y obligación, será remitida en el plazo de 24 horas ante el Tribunal Constitucional Plurinacional para la remisión de la decisión del suscrito servidor judicial”, puntualizó.


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